Todas estas autorizaciones extraordinarias de residencia temporal por circunstancias excepcionales tiene una serie de requisitos en común:
No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países
Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia
No tener prohibida la entrada en España
No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España (cuando el extranjero haya asumido el retorno voluntario a su país).
No figurar como rechazable ni contar con Decreto de expulsión
Es una autorización de residencia temporal, que se podrá conceder por circunstancias excepcionales que supongan un riesgo grave para la vida o integridad física de la persona interesada o de un miembro de su familia, y no dispongan de protección suficiente en el país de origen.
La duración es de 1 año, que se podrá prorrogar por otro año más si se mantienen las circunstancias que dieron lugar a su concesión.
Las mujeres extranjeras que soliciten residencia o trabajo por circunstancias excepcionales por ser víctimas de violencia de género. No se les exige aportar certificado de antecedentes penales de los países que hayan residido en los 5 años anteriores a la entrada en España.Pero deben de carecer de antecedentes en España, o en los países anteriores de residencia por delitos existentes en el Ordenamiento Jurídico español.
La protección internacional es la ayuda que se ofrece a una persona que está fuera de su país y no puede regresar porque allí su vida corre peligro. El desplazamiento forzado de las personas que necesitan protección internacional se debe a diversos motivos como guerras, violación de derechos humanos y/o persecución.
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