jueves, 5 de enero de 2023

Nuevo sistema de cotizacion para autonomos 2023.

 



Feliz Año Nuevo, que viene cargado de novedades legislativas.

Entre las más importantes esta el nuevo sistema de cotización para autónomos , que será cotización basada en los rendimientos obtenidos.

Ahora vamos a desglosar un poco esta  Ley.

Comunicación de Actividad.

La entrada en vigor el 1 de enero de 2023 del R. D. Ley 13/22 de 26 de julio de 2022, establece un nuevo sistema de cotización para autónomos,o trabajadores por cuenta propia y se mejora la protección por cese de actividad.

Las personas que inicien su actividad por cuenta propia y tramiten su alta a partir del 1 de enero de 2023, deberán comunicar todas las actividades que realicen como autónomos a la Tesorería General de la Seguridad Social

Las personas que ya estén dadas de alta , el plazo para comunicar sus actividades a la Tesorería General de la Seguridad Social será hasta el 31 de octubre de 2023.

Se podrá realizar a través de Importass, Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social.


Cotización basada en los rendimientos obtenidos.

Las personas que trabajen por cuenta propia cotizaran a la Seguridad Social, en función de sus rendimientos netos anuales, obtenidos en el ejercicio de todas sus actividades económicas, empresariales o profesionales.

No cotizarán por rendimientos las personas que formen parte de una institución religiosa perteneciente a la Iglesia Católica.

Anualmente, la Ley de Presupuestos Generales del Estado establecerá una tabla general y una reducida de bases de cotización que se dividirán en tramos consecutivos de importes de rendimientos netos mensuales a los que se asignaran por cada tramo unas bases de cotización máximas y mínimas mensualmente.

Los 15 tramos que entran en vigor en el 2023, son los siguientes:

        Cuotas:

Las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 a los 500 Euros al mes en 2023, y de los 200 a los 590 euros al mes en el 2025, siempre en función de los rendimientos netos.


       Cambio de tramo:

Los autónomos podrán cambiar su cuota en función de su previsión de ingresos netos (descontando los costes de desarrollar su actividad) hasta 6 veces al año.


     Acción Protectora:

La reforma incluye un esquema de protección por cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia.

Se instaura por primera vez el cese de actividad parcial.

  • Cese parcial para autónomos con trabajadores.

  • Cese parcial para autónomos sin trabajadores.

  • Cese temporal parcial por fuerza mayor.

                                                  Mecanismos Red

Red Sectorial                                                                        Red ciclica.

75% de caída de ingresos.                                   50-75% de caída de ingresos.

75% plantilla afectada.                      75% plantilla afectada, plan de recualificación.


Bajos Ingresos.

Los autónomos con ingresos más bajos experimentaran una reducción de su cuota de más del 30% respecto a la actual. 

Los trabajadores autónomos  con rendimientos por debajo del SMI, entre los que abundan jóvenes y mujeres, pagarán cuotas entre 200 y 600 euros al mes en 2025.


Tarifa plana para nuevos autónomos.

Durante el período 2023-2025, las personas que causen alta inicial en el Régimen de autónomos podrán solicitar la aplicación de una cuota reducida (tarifa plana) de 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses de actividad.

La solicitud se realizará en el momento de tramitar el alta.

Esta tarifa podrá prorrogarse por otros 12 meses más, si tus rendimientos económicos son inferiores al SMI y se acredita a través de la declaración sobre la previsión de tus rendimientos netos.

Hay particularidades para distintas situaciones para las que habrá una reducción especifica.

En estos casos la tarifa plana tendrá una duración de 24 meses prorrogable por otros 36 meses si la previsión de tus rendimientos netos es inferior al SMI.

Algunas especialidades son las siguientes:

  • Tarifa plana para personas con discapacidad.

(Deben acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33%).

  • Tarifa plana para víctimas de violencia de género.
  • Tarifa plana para victimas de terrorismo.
  • Tarifa plana Cuenca, Teruel y Soria.

Si te das de alta como autónomo por primera vez  y el desempeño de tu actividad se realiza principalmente en estas provincias, puedes beneficiarte de una cuota mensual de 80 euros  durante 3 años.

Los autónomos que son familiares colaboradores, tienen sus propios incentivos y no pueden solicitar la tarifa plana. 

Tampoco será de aplicación la tarifa plana a los religiosos de la Iglesia Católica.

Si necesitas más información...

https://www.abogadoenlinea.org/













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